DESVENTAJAS DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO (IGF)
DESVENTAJAS DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO (IGF)
Oscar Ortiz Antelo*
El 28 de diciembre de 2020
se promulgó la ley 1357 que crea el Impuesto a las Grandes Fortunas (IFG). Tal
como fue presentado, no generó mayor debate. No es popular defender a los más
ricos, que además serían solo 150. En mi opinión, la realidad es diferente,
este impuesto desincentivará la inversión en el país, generará incertidumbre
para miles de contribuyentes y profundizará la pérdida de competitividad de
Bolivia para atraer inversiones.
En el reglamento, se aprecia
el alcance real del nuevo impuesto que alcanza a la propiedad que las personas
naturales tengan sobre bienes inmuebles: vehículos automotores; bienes
afectados a actividades de profesiones liberales; inversiones de capital y
participación en sociedades; depósitos en entidades financieras y acreencias de
cualquier naturaleza; dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera,
ingresos por seguros; joyas, obras de arte, antigüedades y artículos de
colección; derechos propiedad intelectual e industrial; resto del patrimonio.
En suma, es un impuesto al patrimonio, es decir a todo lo que las personas
posean, con una tasa tributaria de entre el 1.4% y el 2,4%.
Estamos en plena pandemia y
la mayoría de las empresas han sufrido pérdidas en el 2020 y posiblemente las
vuelvan a sufrir el 2021, sin contar que muchas ya han cerrado o apenas
sobreviven. Además de estar perdiendo el valor de su inversión, el socio de la
empresa tendrá que pagar nuevos impuestos por su participación societaria. Algo
similar sucede con las inversiones en inmuebles, mucho de las cuales han
perdido o perderán valor por la caída en las ventas, y sobre las cuales,
quienes invirtieron en un sector que es fundamental para la reactivación económica,
tendrán que pagar un impuesto adicional sobre el valor del inmueble. Con
relación a los depósitos en el sistema financiero, en muchos casos, los
intereses que reciba el ahorrista serán menores que el impuesto que tendrá que
pagar por sus ahorros. En otras situaciones, los bienes ni siquiera generan
ingresos, como las joyas y las obras de arte. Al Estado le conviene mucho más
recaudar el IVA y el IT sobre la venta de joyas, por su alto valor, que
desincentivar su compra con el IGF. En el caso de las obras de arte, se convierte
en una carga su adquisición, con el consiguiente perjuicio para nuestros
artistas.
En otros países, se ha
planteado este impuesto como un aporte extraordinario y solidario para
enfrentar la crisis causada por la pandemia de la COVID19, como en Argentina, donde
es una contribución extraordinaria por única vez. Sin embargo, en Bolivia, se
lo aprobó como un impuesto permanente. No solo ello, el IGF, aumentará la
diferencia entre la formalidad y la informalidad. Mientras el propietario de
una empresa de ómnibus de transporte interdepartamental de pasajeros, aunque
tenga un patrimonio superior a los Bs. 30 millones, no pagará este impuesto
porque tiene cada vehículo inscrito a un nombre distinto; el dueño de un hotel,
de una industria o de una propiedad agropecuaria empresarial, estarán sujetos
al mismo porque tienen legalmente registrada la propiedad de estos bienes.
Otro problema que vendrá
será el de las controversias por las correctas valuaciones de los bienes,
conociendo la arbitrariedad con la que se procesa a los contribuyentes,
permitiéndole al SIN establecer nuevos valores a los declarados. Cuanto es el
valor de mercado en medio de una crisis.
En conclusión, este impuesto
desincentivará la inversión en Bolivia y provocará que a muchas personas les
resulte más conveniente trasladar su residencia a otras naciones, como ya está
sucediendo, por ejemplo, con miles de ciudadanos argentinos que, ante los
elevados costos de su economía, se están mudando al Uruguay o al Paraguay. Por
eso, los impuestos al patrimonio han sido eliminados en la mayoría de los
países, en los que prevalece el impuesto sobre los ingresos que generan la
propiedad de los bienes o valores y no sobre su propiedad en sí misma.
* Ha sido presidente del
Senado y Ministro de Economía.
** Artículo originalmente publicado el 02/03/21 en los periódicos El Deber, Los Tiempos y el País (Tarija), así como en los portales Eju.tv, Cabildeo Digital y Brújula Digital.
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